¿Cuándo necesitas un abogado para una nulidad matrimonial?
La nulidad matrimonial es una figura recogida en el Código Civil, por la que se declara judicialmente la ineficacia del matrimonio, retrotrayéndose los efectos al momento de su celebración. De modo que puede entenderse que tal matrimonio nunca llegó a existir legalmente. Existen dos tipos de nulidad matrimonial la nulidad civil o la nulidad eclesiástica.
En el caso de la nulidad civil, el matrimonio no se llega a formalizar válidamente pese a haber existido una apariencia de unión conyugal. Esto es provocado por la ausencia o imperfección de algunos de los requisitos legalmente establecidos para la validez del matrimonio en el momento de contraerlo. Podrán solicitar la nulidad matrimonial civil cualquiera de los cónyuges, el Ministerio Fiscal o cualquier otra persona que tenga un interés legítimo. Para ello un abogado de familia y un procurador interpondrán una demanda ante el Juzgado del domicilio de uno de los cónyuges para que declare esa nulidad.
La nulidad eclesiástica es un procedimiento equivalente al divorcio, pero en el derecho canónico, que afecta solamente a las personas casadas por la iglesia, y que producen el efecto de poder volver a contraer matrimonio canónico. Cualquiera de los cónyuges puede solicitar la nulidad matrimonial, sin ser preciso el mutuo acuerdo o consentimiento del otro cónyuge. En todo caso, realizado de mutuo acuerdo entre los cónyuges, facilitará el proceso y abaratará los costes, o también de forma contenciosa. Para poder pedir la nulidad matrimonial se debe alegar y probar, alguna de las causas admitidas en el derecho canónico.

¿Casos en los que se puede pedir una nulidad civil?
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Los matrimonios celebrados sin consentimiento matrimonial
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los realizados sin la intervención del Juez de Paz, Alcalde o Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario o sin la de los testigos.
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Los celebrados por error en la identidad de la persona del otro contrayente.
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Los contraídos por coacción o miedo grave.
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Los celebrados entre: menores, personas con vínculo matrimonial no disuelto, parientes en línea recta con consanguinidad o colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado, condenados por participar en la muerte del anterior cónyuge o pareja de hecho.
¿Casos en los que se puede pedir una nulidad matrimonial?
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Falta de fe que lleva a simular el consenso en la boda por ejemplo en personas no bautizadas.
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Personas que están ligadas por el vínculo de un matrimonio anterior.
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Personas en línea recta de consanguinidad entre todos los ascendientes y descendientes, tanto legítimos como naturales.
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Personas que viven juntas y tienen relaciones sexuales sin estar casadas entre sí.
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Ocultamiento de la esterilidad o imposibilidad de mantener relaciones sexuales de forma antecedente y perpetua.
Pasos para realizar una nulidad matrimonial
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El primer paso es contar con los servicios de un abogado especialistas en procesos de nulidad matrimonial para agilizar los procesos y hacerlos más sencillos y menos dolorosos.
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El siguiente paso será acudir al tribunal eclesiástico de la Diócesis donde se celebró el matrimonio. Será aquí donde se deberá presentar la demanda de nulidad matrominioal, acompañada de todas las pruebas para conseguir que el matrimonio sea declarado nulo a través de alguno de estos 3 supuestos: defecto de forma en la celebración, existencia de impedimento o vicio de consentimiento.
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Una vez que se logre la nulidad eclesiástica del matrimonio, es obligatorio acudir a la vía judicial para homologar la sentencia eclesiástica y que tenga el mismo efecto en el ordenamiento civil. Una vez completado estos pasos a efectos legales el matrimonio desaparecerá por completo.
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Personas que viven juntas y tienen relaciones sexuales sin estar casadas entre sí.
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Ocultamiento de la esterilidad o imposibilidad de mantener relaciones sexuales de forma antecedente y perpetua.