Abogados impuesto sucesiones Madrid

Especialistas en derecho de herencias

Abogados para asesoramiento jurídico en casos relacionados con impuesto sucesiones.

¿Cuándo necesitas un abogado para impuesto sucesiones?

 

El Impuesto sobre Sucesiones grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título gratuito en casos como herencias. Su gestión está cedida a las Comunidades Autónomos y el importe a gravar en cada una de ellas varía. En caso de la Comunidad de Madrid el cónyuge o parientes directos del fallecido podrán aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria. El plazo para presentar este impuesto en las herencias es de meses a contar desde el fallecimiento.

 

Para conocer el importe a pagar se debe sumar el valor real de los bienes en el momento de heredarlos y restar las deudas y cargas deducibles. Además, se pueden aplicar reducciones según el grado de parentesco con la persona fallecida y el tipo de bien heredado. Entre las reducciones más frecuentes están: por el grado de parentesco, por discapacidad, por seguro de vida, por vivienda habitual, por empresa individual y reducción de bienes de patrimonio histórico.

 

Para poder aplicar las máximas reducciones y saber las bonificaciones existentes es útil confiar en abogados especializados en herencias y en impuestos de sucesiones para que te realicen todos los trámites, gestiones y presenten el impuesto, poniendo a su disposición todos los conocimiento y herramientas necesarias para satisfacer sus intereses.

 

Abogados impuestos sucesiones Madrid

¿Cuáles son los pasos para presentar el impuesto de sucesiones?

  • Modelo 650 de autoliquidación por cada heredero.

  • Fotocopia del Certificado de defunción del causante y del Certificado de Actos de Última Voluntad.

  • Fotocopia Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad. Fotocopia del DNI. del fallecido y de los sujetos pasivos.

  • Fotocopia Certificado del Registro de Contratos de Seguro de vida

  • Fotocopia del testamento, si lo hubiere con la escritura de aceptación de herencia.

  • Valoración de todos los inmuebles que formen parte de la herencia y los documentos que acrediten dichos bienes: escrituras, recibos del IBI. Justificación de los saldos de cuentas y valores depositados en entidades financieras.

  • Documentación que justifique las cargas, gravámenes, deudas y gastos cuya deducción se solicita.

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